En muchas empresas, especialmente aquellas que trabajan con turnos, guardias o servicios continuos, es habitual encontrarse con dudas recurrentes sobre cómo pagar horas en horario nocturno.
¿Se pueden compensar las horas nocturnas con otros complementos? ¿Es suficiente con un plus de turnicidad? ¿Y qué ocurre cuando esas horas coinciden con horas extra?
El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse con claridad sobre este asunto en su Sentencia 1223/2025, de 10 de diciembre, recordando que no todo complemento salarial sirve para compensar la penosidad del trabajo nocturno.
Desde 347 Asesores, despacho fiscal, laboral y contable con sede principal en Santiago de la Ribera y nueva oficina en la ciudad de Murcia, queremos explicarte de forma clara qué exige la ley y cuál es el error más frecuente al pagar horas nocturnas.
Qué se considera trabajo nocturno según el Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores (ET) define el trabajo nocturno de forma objetiva. Según el artículo 36, se considera trabajo nocturno el realizado entre:
- 22:00 horas
- 06:00 horas
Esta definición no depende del tipo de contrato, del sistema de turnos ni de la organización interna de la empresa.
Lo relevante no es si una persona es considerada formalmente “trabajadora nocturna”, sino si presta servicios durante horas noche, aunque sea de manera parcial u ocasional.
Atención: trabajar solo algunas horas nocturnas ya activa el régimen de protección del artículo 36 ET.
Trabajo nocturno no es lo mismo que trabajador nocturno
Uno de los errores más habituales en la práctica empresarial es confundir dos conceptos distintos:
Diferencia clave según el Tribunal Supremo
- Trabajo nocturno: el realizado entre las 22:00 y las 06:00.
- Trabajador nocturno: quien realiza normalmente una parte relevante de su jornada anual en horario nocturno.
Esta segunda calificación sirve principalmente para fijar límites de jornada y prohibir determinadas horas extra, pero no condiciona el derecho a cobrar un complemento específico.
Atención: no ser “trabajador nocturno” no elimina el derecho a cobrar nocturnidad si se trabajan horas noche.
Qué es el plus de nocturnidad y qué no es
El plus de nocturnidad es un complemento salarial funcional. Esto significa que está ligado al puesto y al horario, no a la persona.
No es consolidable, no forma parte fija del salario y solo se devenga por las horas nocturnas efectivamente trabajadas.
Características principales del plus de nocturnidad
- Se paga únicamente por horas trabajadas entre 22:00 y 06:00.
- No se devenga por días completos.
- No depende de estar adscrito a un turno fijo.
- Responde a la mayor penosidad del trabajo nocturno.
Atención: no se cobra por “estar a turnos”, sino por trabajar realmente en horario nocturno.
Qué exige el artículo 36.2 del Estatuto de los Trabajadores
El artículo 36.2 ET establece una regla muy clara:
El trabajo nocturno tendrá una retribución específica.
Solo se admiten dos excepciones legales:
Excepciones permitidas
- Que el salario se haya fijado atendiendo a que el trabajo es nocturno por su propia naturaleza.
- Que el trabajo nocturno se compense mediante descansos equivalentes.
Fuera de estos dos supuestos, la retribución específica por nocturnidad es obligatoria.
Atención: la negociación colectiva no puede crear nuevas excepciones distintas a las previstas en la ley.
El error más común al pagar horas nocturnas: sustituir el plus por otros complementos
En la sentencia analizada, el convenio colectivo excluía el plus de nocturnidad a quienes ya cobraban un plus de turnos mensual.
El argumento era que dicho complemento compensaba suficientemente el trabajo nocturno.
Sin embargo, el Tribunal Supremo declara esta previsión ilegal.
Por qué no basta con un plus de turnos
El plus de turnicidad retribuye la organización del trabajo, no la penosidad de trabajar de noche.
Trabajar a turnos y trabajar en horario nocturno son realidades distintas, aunque a veces coincidan.
Conclusión: un plus mensual por turnos no sustituye al plus horario de nocturnidad.
Horas extra y nocturnidad: conceptos diferentes
Otro error frecuente es mezclar el pago de horas extra con el complemento de nocturnidad.
En algunos casos, las empresas pagan más por prolongación de jornada en horario nocturno y consideran que eso ya incluye la nocturnidad.
Qué dice el Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo rechaza esta fórmula: pagar más por prolongar la jornada no equivale a pagar la retribución específica exigida por el artículo 36.2 ET.
Atención: que un complemento sea más elevado no lo convierte automáticamente en nocturnidad.
Tabla comparativa: plus de turnos vs plus de nocturnidad
| Complemento | Qué retribuye | ¿Sustituye a la nocturnidad? |
|---|---|---|
| Plus de turnos | Organización y rotación de jornada | No |
| Plus de prolongación | Horas extra o extensión de jornada | No |
| Plus de nocturnidad | Penosidad de trabajar en horas noche | Sí, es el específico obligatorio |
Consecuencia jurídica: nulidad parcial del convenio
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo declara la nulidad parcial de los artículos del convenio que excluían expresamente el plus de nocturnidad cuando se percibían otros complementos.
El mensaje es claro:
Si se trabaja de noche y no concurre ninguna excepción legal, debe existir una retribución específica identificable por nocturnidad.
Implicaciones prácticas para empresas y PYMES
Las empresas que trabajan con turnos, guardias o prolongaciones deben revisar con urgencia sus sistemas retributivos.
Aspectos a comprobar
- Si se están pagando horas nocturnas sin plus específico.
- Si la nocturnidad se absorbe en otros conceptos salariales.
- Si el convenio interno excluye expresamente el cobro del plus.
- Si existen riesgos de reclamaciones salariales.
Atención: la práctica habitual no siempre coincide con la legalidad vigente.
Conclusión: pagar horas nocturnas exige transparencia y cumplimiento legal
El trabajo nocturno exige un tratamiento diferenciado, transparente y conforme a la ley.
La flexibilidad de la negociación colectiva tiene límites, y uno de ellos es la obligación de retribuir específicamente la nocturnidad cuando se trabajan horas noche.
Revisar convenios, pactos internos y sistemas salariales permite anticiparse a conflictos y evitar regularizaciones posteriores.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.



