El aplazamiento de VeriFactu a 2028 vuelve a situar el calendario de adaptación de la facturación en el centro de las preocupaciones de empresas y autónomos. Cuando muchos negocios empezaban a prepararse para cumplir las fechas previstas para 2027, Hacienda anunció una nueva modificación para coordinar este sistema con la implantación de la factura electrónica obligatoria.
La intención anunciada es trasladar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de VeriFactu. Sin embargo, hay una cuestión importante: el anuncio de Hacienda no equivale todavía a una modificación publicada en el BOE. Por tanto, conviene distinguir entre las fechas anunciadas y las que siguen recogidas en la normativa vigente.
En este artículo te explicamos qué ha anunciado Hacienda, cuáles son las fechas de referencia, qué diferencia existe entre VeriFactu y la factura electrónica B2B y qué puedes hacer ahora para preparar tu negocio sin precipitar inversiones innecesarias.
¿Qué ha anunciado Hacienda sobre el aplazamiento de VeriFactu?
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda comunicó su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación, conocido como VeriFactu. El objetivo es coordinar su implantación con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales.
La propuesta busca evitar que las empresas tengan que adaptar sus programas de facturación en varias ocasiones durante un periodo reducido. Si ambos sistemas avanzan con calendarios más coordinados, será más sencillo planificar los cambios tecnológicos, formar a los equipos y controlar los costes asociados.
No obstante, a 13 de octubre de 2026, el aplazamiento anunciado todavía está pendiente de formalización normativa. Mientras no se publique la modificación correspondiente, deben consultarse las fechas que establece la normativa vigente. Por tanto, es recomendable seguir las actualizaciones oficiales antes de modificar el calendario de adaptación de una empresa.
¿Cuándo será obligatorio VeriFactu para empresas y autónomos?
El calendario vigente se encuentra recogido en el Real Decreto-ley 15/2025, que modificó los plazos de aplicación del Real Decreto 1007/2023. Las fechas previstas distinguen entre los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el resto de obligados incluidos en el reglamento.
| Colectivo | Fecha recogida en la normativa vigente | Fecha anunciada por Hacienda |
|---|---|---|
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 | Octubre de 2028 |
| Resto de obligados incluidos en el reglamento, entre ellos muchos autónomos | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
La tercera columna refleja el calendario anunciado, no una fecha que deba darse por definitivamente aprobada mientras no se publique la norma correspondiente. Además, los fabricantes y comercializadores de sistemas informáticos tienen obligaciones propias que no deben confundirse con los plazos de adaptación de los usuarios.
Si tienes una sociedad o trabajas como autónomo, lo más prudente es comprobar qué grupo te corresponde y consultar las novedades normativas antes de tomar decisiones. Puedes revisar el Real Decreto-ley 15/2025 publicado en el BOE y la información oficial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
¿Qué es VeriFactu y qué obligaciones implica?
VeriFactu es el nombre con el que se conoce habitualmente al marco de requisitos que deben cumplir determinados sistemas informáticos utilizados para facturar. Su regulación se encuentra en el Real Decreto 1007/2023 y en las disposiciones que lo desarrollan y modifican.
El objetivo es que los registros generados por los programas de facturación cumplan determinadas garantías de seguridad y trazabilidad. Entre otros aspectos, los sistemas deben preservar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, conforme a los requisitos aplicables.
Esto significa que el programa no debe permitir que los registros se modifiquen o eliminen de manera que se pierda la trazabilidad exigida. La información debe conservarse de forma adecuada y permitir reconstruir los acontecimientos relacionados con la facturación.
Por eso, adaptar el software no consiste únicamente en instalar una actualización. En función de la herramienta y de la forma de trabajar de cada negocio, también puede ser necesario revisar los procedimientos internos, la gestión de las facturas rectificativas y la manera de registrar las operaciones.
VeriFactu y factura electrónica B2B: diferencias importantes
Aunque Hacienda pretende coordinar los calendarios, VeriFactu y la factura electrónica entre empresas y profesionales son obligaciones diferentes. Cada una tiene su propio objetivo y puede exigir cambios distintos en los procesos de facturación.
| Aspecto | VeriFactu | Factura electrónica B2B |
|---|---|---|
| Objetivo principal | Establecer requisitos para los sistemas informáticos de facturación y sus registros. | Regular la emisión y el intercambio electrónico de facturas entre empresarios y profesionales. |
| En qué se centra | Integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. | Formatos estructurados, intercambio de facturas e interoperabilidad. |
| Qué conviene revisar | La adaptación del software a los requisitos técnicos del reglamento. | La capacidad de emitir, recibir e intercambiar facturas en los formatos exigidos. |
La factura electrónica B2B también contempla el seguimiento de determinados estados de las facturas, como su rechazo o el pago efectivo completo, en los supuestos establecidos por la normativa.
Por tanto, no debes asumir que cumplir con uno de estos sistemas garantiza automáticamente el cumplimiento del otro. Antes de contratar o renovar un programa, conviene comprobar qué funcionalidades incluye y qué obligaciones puede cubrir.
¿Por qué se quiere aplazar VeriFactu hasta octubre de 2028?
La razón principal del anuncio es facilitar una transición tecnológica más ordenada. Si las empresas tienen que adaptar sus programas a VeriFactu y poco después volver a realizar cambios para cumplir con la factura electrónica B2B, podrían afrontar costes y tareas duplicadas.
La coordinación de calendarios pretende reducir ese riesgo y permitir que los proveedores de software preparen soluciones capaces de responder a varios requisitos normativos. También se busca tener en cuenta la evolución de las obligaciones europeas relacionadas con la digitalización del IVA, entre ellas las iniciativas agrupadas bajo el proyecto ViDA (VAT in the Digital Age).
Ahora bien, el aplazamiento anunciado no supone que desaparezcan las exigencias técnicas de VeriFactu. La intención comunicada es mantener garantías sustancialmente equivalentes, aunque se amplíe el plazo para cumplir determinadas obligaciones.
¿Qué deberían hacer ahora las empresas y los autónomos?
Disponer de más margen puede ser una buena noticia, pero no significa que convenga olvidarse de la adaptación hasta 2028. Las decisiones que tomes ahora pueden ayudarte a evitar cambios apresurados y gastos innecesarios más adelante.
Si vas a contratar un programa nuevo, renovar tu ERP o cambiar de proveedor, es recomendable preguntar expresamente por la adaptación a VeriFactu y a la factura electrónica obligatoria. No te quedes únicamente con una promesa comercial: solicita información concreta sobre las funcionalidades incluidas, las actualizaciones y las condiciones del servicio.
Como punto de partida, te aconsejamos:
- Revisar tu programa actual: identifica qué sistema utilizas y qué información te ha facilitado el proveedor sobre su adaptación.
- Consultar las actualizaciones incluidas: comprueba si las mejoras necesarias estarán cubiertas por el contrato o implicarán costes adicionales.
- Analizar tus procesos: revisa cómo emites, rectificas, conservas y registras las facturas.
- Valorar la integración contable: comprueba que el programa facilite el registro de las operaciones y el trabajo administrativo.
- Seguir la normativa oficial: confirma si el aplazamiento se ha publicado y qué fechas definitivas establece.
Atención: no es necesario precipitar una inversión únicamente por las fechas anteriores, pero tampoco conviene asumir que cualquier programa estará preparado cuando llegue el momento. Planificar con tiempo te permitirá comparar alternativas y resolver dudas con menos presión.
Más tiempo para adaptarse, pero la transformación continúa
El aplazamiento de VeriFactu a 2028 anunciado por Hacienda ofrece la posibilidad de organizar mejor la adaptación de los sistemas de facturación. Para muchas empresas y autónomos, coordinar VeriFactu con la factura electrónica puede ayudar a reducir duplicidades y a elegir soluciones tecnológicas más completas.
Sin embargo, hay que distinguir entre el calendario anunciado y el que está formalmente vigente. Hasta que se publique la modificación correspondiente en el BOE, las fechas de referencia siguen siendo el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados incluidos en el reglamento.
En 347 Asesores seguiremos atentos a las novedades para informar sobre los cambios que afecten a empresas y autónomos. Si tienes dudas sobre tu sistema de facturación, quieres revisar las necesidades de tu negocio o necesitas orientación para planificar la adaptación, contacta con nuestro equipo y agenda una reunión personalizada.
Contar con información actualizada te ayudará a tomar decisiones con criterio y a preparar los cambios tecnológicos sin perder de vista las necesidades reales de tu empresa.



