Decreto ley 7/2025: derogación, medidas fiscales afectadas y consecuencias para empresas

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El pasado mes de julio, el Congreso de los Diputados decidió derogar el Real Decreto-ley 7/2025, también conocido como “decreto antiapagón”. Esta norma había entrado en vigor apenas un mes antes con el objetivo de reforzar el sistema eléctrico tras la crisis sufrida el 28 de abril de 2025.

Su breve vigencia no impidió que introdujera cambios fiscales importantes en el IBI, ICIO e IAE, los cuales ya habían empezado a aplicarse en ayuntamientos y empresas, y que ahora quedan anulados. Desde 347 Asesores, despacho experto en materia fiscal, laboral y contable, te explicamos qué implica esta derogación y cómo puede afectar a tu empresa o situación particular.

Contexto: ¿Qué era el Real Decreto-ley 7/2025?

El decreto ley es una norma con rango de ley que el Gobierno puede aprobar en situaciones de extraordinaria y urgente necesidad. En este caso, el Real Decreto-ley 7/2025 fue publicado en el BOE el 24 de junio con el objetivo de dar una respuesta inmediata a la crisis eléctrica.

Sin embargo, al no recibir la convalidación parlamentaria necesaria, quedó derogado el 22 de julio, apenas un mes después de su aprobación. La publicación oficial de la derogación se realizó el 24 de julio en el BOE.

Este hecho es especialmente relevante porque demuestra que, aunque los decretos-leyes entran en vigor inmediatamente, su permanencia depende siempre de la aprobación del Congreso.

Medidas fiscales que desaparecen con la derogación

El impacto más directo de la derogación del decreto ley se centra en las medidas fiscales que había introducido, las cuales favorecían la inversión en energías limpias y sistemas eléctricos sostenibles.

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

  • La norma había modificado la regla 14.ª de la Instrucción para la aplicación de las tarifas del IAE.
  • Permitía no computar la potencia instalada de hornos y calderas eléctricos para calcular la cuota del impuesto.
  • Tras la derogación, esa modificación desaparece y se vuelve a computar como antes de la norma. 

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

  • Se anuló la reforma del artículo 74.5 de la Ley de Haciendas Locales, que autorizaba a los ayuntamientos a conceder bonificaciones de hasta el 50% en el IBI por instalaciones de energía ambiente (aerotermia, por ejemplo).
  • Actualmente, solo se mantiene la bonificación vinculada a la energía solar, que ya estaba prevista previamente. 

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)

  • El artículo 103.2.b) permitía a los ayuntamientos ofrecer bonificaciones de hasta el 95% en el ICIO para obras que incluyesen sistemas de energía ambiente.
  • Con la derogación, desaparece esta ventaja, lo que puede frenar la inversión en proyectos sostenibles. 

Tabla comparativa de las medidas fiscales derogadas

 

Impuesto Situación con el Decreto-ley 7/2025 Situación tras la derogación (24 julio 2025)
IAE No computaba potencia instalada de hornos y calderas eléctricos Se vuelve a computar la potencia como antes
IBI Bonificación hasta el 50% por energía ambiente (ej. aerotermia) Se mantiene únicamente la bonificación por energía solar
ICIO Bonificación hasta el 95% en obras con energía ambiente Desaparece la bonificación

 

Otras medidas del decreto ley que quedan sin efecto

Más allá de lo fiscal, el decreto ley también incluía medidas relevantes que ahora quedan sin vigencia:

  • Facilidades en la planificación y acceso a la red eléctrica.
  • Pérdida de capacidad asignada si no se utilizaba.
  • Apoyo a la industria electrointensiva.
  • Incentivos al autoconsumo y a la recarga de vehículos eléctricos.
  • Inclusión de tecnologías como la aerotermia y geotermia en comunidades de propietarios (modificación de la Ley de Propiedad Horizontal).
  • Ajustes en el régimen de horas equivalentes para centrales renovables con precios nulos o negativos.

La derogación significa que todas estas iniciativas han quedado suspendidas, al menos de momento.

¿Por qué no fue convalidado el decreto ley?

El decreto ley 7/2025 nació como respuesta urgente a la crisis energética, pero su recorrido parlamentario mostró falta de consenso. Entre los motivos de su rechazo se señalan:

  • Su carácter transitorio y apresurado, lo que generaba dudas sobre su eficacia a largo plazo.
  • La falta de acuerdo político sobre las bonificaciones fiscales.
  • Críticas de determinados sectores que consideraban insuficientes las medidas de apoyo a empresas y familias.

El resultado: una norma de vida muy corta que deja en suspenso iniciativas que buscaban acelerar la transición energética.

Consecuencias prácticas para empresas y particulares

La derogación del decreto ley tiene implicaciones inmediatas:

Para las empresas

  • Aumento en la carga fiscal: vuelve a computarse la potencia eléctrica en el IAE.
  • Fin de incentivos en el ICIO: encarecimiento de obras que incorporen sistemas de energía ambiente.
  • Incertidumbre jurídica: proyectos en marcha que contaban con estas bonificaciones deberán revisarse.

Para los particulares

  • Se pierde la opción de acceder a bonificaciones en el IBI por sistemas de aerotermia u otras energías renovables distintas a la solar.
  • Menor incentivo económico para la instalación de energías limpias en viviendas.

¿Qué cabe esperar a partir de ahora?

Aunque el decreto ley 7/2025 ya no está en vigor, no significa que las medidas queden descartadas de manera definitiva. Es posible que el Gobierno intente reintroducirlas por vía ordinaria o mediante nuevos decretos en los próximos meses.

En el ámbito de la asesoría fiscal, recomendamos:

  • Revisar la planificación fiscal de empresas y proyectos que esperaban beneficiarse de estas bonificaciones.
  • Mantenerse al tanto de las posibles novedades legislativas en materia de energías renovables.
  • Consultar con un asesor especializado antes de realizar inversiones que dependan de beneficios fiscales futuros.

Preguntas frecuentes sobre el decreto ley y las medidas fiscales

¿Qué diferencia hay entre un decreto ley y una ley ordinaria?

Un decreto ley entra en vigor de forma inmediata, pero necesita la convalidación del Congreso. Una ley ordinaria sigue un proceso más largo, pero ofrece mayor seguridad jurídica.

¿Qué pasa si ya había solicitado la bonificación en el IBI o ICIO?

Al estar derogadas, no se aplicarán. Lo recomendable es revisar con tu ayuntamiento la situación específica de tu solicitud.

¿Habrá nuevas medidas fiscales relacionadas con energías renovables?

Es probable que se presenten nuevas iniciativas legislativas, aunque todavía no hay certeza sobre su alcance ni calendario.

Conclusión

La derogación del decreto ley 7/2025 supone la pérdida inmediata de importantes medidas fiscales que favorecían la implantación de energías limpias. Aunque su vigencia fue breve, dejó claro que la transición energética seguirá siendo un tema prioritario en la agenda política.

En 347 Asesores entendemos la incertidumbre que este tipo de cambios puede generar en empresas, autónomos y particulares. Nuestro consejo es planificar con cautela y mantenerse informado sobre nuevas oportunidades fiscales que puedan surgir en el futuro.

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Noemí Bellot

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